Baremo de indemnizaciones de tráfico 2026: cómo se calcula lo que te corresponde
Guía práctica del baremo de tráfico 2026 actualizado al +2,9%: cómo se calculan las indemnizaciones por fallecimiento, secuelas y lesiones temporales según la Ley 35/2015, con tablas y ejemplos.

Cuando alguien resulta herido o fallece en un accidente de circulación en España, la indemnización que recibe (o que reciben sus familiares) no se decide a ojo ni se negocia libremente con la aseguradora: la fija un sistema legal de valoración llamado popularmente "baremo de tráfico". Entender cómo funciona es la mejor forma de saber si lo que te ofrecen tras un siniestro se ajusta a la ley o se queda corto.
Qué es el baremo de tráfico y por qué importa
El baremo es un sistema de tablas que pone precio a cada tipo de daño personal derivado de un accidente de circulación: muerte, secuelas permanentes y lesiones temporales. Está regulado por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, que reformó el Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Real Decreto Legislativo 8/2004) . Se aplica al seguro obligatorio del vehículo responsable y marca el mínimo que la compañía debe abonar al perjudicado.
Marco legal: Ley 35/2015 y actualización anual
Las cuantías y límites indemnizatorios fijados en la ley y en sus tablas quedan automáticamente actualizados con efecto desde el uno de enero de cada año en el porcentaje del índice general de precios al consumo correspondiente al año natural inmediatamente anterior . Es decir, el baremo se revaloriza con el IPC para que la indemnización no pierda poder adquisitivo con el paso del tiempo.
Novedades 2026: subida del +2,9% y publicación en el BOE
En el BOE del 18 de febrero de 2026 se publicó la Resolución de 3 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), que hace públicas las cuantías actualizadas del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación para el ejercicio 2026 . El baremo sube un 2,9% respecto al año anterior, actualización calculada en función del IPC medio interanual para que la indemnización no pierda valor frente al coste de la vida .
Estructura del baremo: tres grandes bloques
El sistema se organiza en tres tablas que cubren los tres grandes escenarios posibles:
| Tabla | A qué daño responde | Ejemplos |
|---|---|---|
| Tabla 1 | Fallecimiento | Cónyuge, hijos, padres, hermanos y allegados |
| Tabla 2 | Secuelas permanentes | Lesiones físicas, psíquicas, sensoriales o estéticas tras el alta médica |
| Tabla 3 | Lesiones temporales | Días desde el accidente hasta la estabilización |
Dentro de cada tabla se distinguen tres categorías de perjuicio que se suman: perjuicio personal básico (el dolor en sí mismo), perjuicio personal particular (circunstancias que agravan el caso) y perjuicio patrimonial (gastos y pérdida de ingresos).
Indemnización por fallecimiento (Tabla 1)
Cuando la víctima muere, cobran por derecho propio cinco categorías de perjudicados: cónyuge, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados. Cada uno recibe su importe; no hace falta ser heredero.
Cuantías básicas 2026 por fallecimiento
| Perjudicado | Importe base 2026 |
|---|---|
| Cónyuge/pareja (hasta 15 años conv., víctima hasta 67 años) | 117.622,06 € |
| Cónyuge (víctima de 67 a 80 años) | 91.483,83 € |
| Cónyuge (víctima mayor de 80 años) | 65.345,59 € |
| Cada hijo hasta 14 años | 117.622,06 € |
| Cada hijo de 14 a 20 años | 104.552,94 € |
| Cada hijo de 20 a 30 años | 65.345,59 € |
| Cada hijo mayor de 30 años | 39.207,35 € |
| Cada progenitor (hijo fallecido ≤30 años) | 91.483,83 € |
| Cada hermano hasta 30 años | 26.138,24 € |
| Cada allegado | 13.069,12 € |
A estas cifras se suman incrementos: por ejemplo, un 25% al perjudicado único de su categoría o incrementos específicos cuando hay hijos menores . Por cada año de convivencia superior a 15, el cónyuge recibe 1.306,91 € adicionales .
Indemnización por secuelas (Tabla 2)
Las secuelas son los daños permanentes que quedan una vez finalizado el tratamiento curativo. Se cuantifican mediante un sistema de puntos: el médico forense asigna una puntuación según el baremo médico y después se traslada a la tabla económica.
Cómo se calcula el valor del punto
El perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial tiene un máximo de 100 puntos, y el perjuicio estético, un máximo de 50 puntos. El punto es la unidad de medida del daño permanente y de él depende el grueso de la reclamación . El valor económico de cada punto depende de dos variables: número total de puntos (a más puntos, más euros por punto) y edad de la víctima (a menor edad, mayor cuantía).
Progresividad: la clave del cálculo
| Puntos | Indemnización total aprox. | Valor medio por punto |
|---|---|---|
| 1 punto | 1.028,25 € | 1.028,25 € |
| 10 puntos | 12.219,89 € | 1.221,99 € |
| 30 puntos | 60.791,39 € | 2.026,38 € |
| 50 puntos | 132.646,97 € | 2.652,94 € |
| 100 puntos | 419.099,17 € | 4.190,99 € |
Perjuicio estético
La tabla 2.A.1 establece una horquilla de puntos para cada grado: ligeros (1-6 puntos), moderados (7-13), medios (14-21) e importantes (22-30) . Se valora de forma independiente y se suma a las secuelas funcionales.
Lesiones temporales (Tabla 3): cada día tiene un precio
Mientras dura la recuperación, cada día se valora según su gravedad. Para 2026 las cuantías son:
| Grado del día | Situación típica | €/día (2026) |
|---|---|---|
| Muy grave | UCI o pérdida casi total de autonomía | 130,69 € |
| Grave | Ingreso hospitalario | 98,02 € |
| Moderado | Sin poder realizar parte relevante de las actividades habituales | 67,96 € |
| Básico | En tratamiento, sin impedimento de actividad | 39,20 € |
A ello se suman las intervenciones quirúrgicas, que se indemnizan aparte en función de su complejidad.
Perjuicio patrimonial: gastos y lucro cesante
Al perjuicio personal (dolor, incapacidad, impacto estético) se añade el patrimonial, que compensa el dinero que la víctima o su familia pierden o dejan de ingresar: facturas médicas, prótesis, adaptación del vehículo o de la vivienda, ayuda de tercera persona y, muy especialmente, el lucro cesante (lo que se deja de ganar). El artículo 131 de la Ley 35/2015 establece que la dedicación exclusiva a las tareas del hogar se equipara, a efectos de lucro cesante, a un salario mínimo interprofesional anual; si la dedicación es parcial, se valora proporcionalmente .
Ejemplo práctico de cálculo
Imaginemos un conductor de 35 años con un esguince cervical que necesita 90 días de recuperación (60 básicos y 30 moderados) y queda con 5 puntos de secuela:
-
Días básicos: 60 × 39,20 € = 2.352 €
-
Días moderados: 30 × 67,96 € = 2.038,80 €
-
Secuelas (5 puntos, 35 años): unos 5.635 €
-
Total orientativo: ~10.025 €, antes de perjuicios particulares o gastos médicos acreditados.
Cómo reclamar paso a paso
Tras el accidente, el perjudicado envía la reclamación previa a la aseguradora del vehículo responsable, acompañada del informe médico de alta y de la documentación de gastos. La compañía dispone de tres meses para formular oferta motivada o respuesta motivada. Si no hay acuerdo, se puede acudir a los tribunales. Conviene conocer también el plazo de 40 días para indemnizar un siniestro y el procedimiento para reclamar a tu aseguradora paso a paso.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me corresponde por un accidente de tráfico en 2026?
Depende de tres variables: días de recuperación, puntos de secuela y edad. Un esguince leve sin secuelas puede quedarse en 1.500-3.000 €, mientras que una lesión grave con secuelas importantes supera fácilmente los 100.000 €. La actualización 2026 ha subido un 2,9% todas las partidas: días de baja, secuelas, perjuicio estético, lucro cesante y fallecimiento .
¿Qué baremo se aplica a mi accidente?
Se aplica el baremo vigente en la fecha del accidente , no el del día en que se reclama o se firma el acuerdo. Un accidente ocurrido en 2024 se calcula con las cuantías de 2024, aunque la indemnización se pague en 2026.
¿Cuánto vale un punto de secuela en 2026?
No hay un precio único: el valor sube con la cantidad de puntos y baja con la edad. Un punto aislado ronda los 1.028 € y en lesiones muy graves el valor medio por punto supera los 4.000 € .
¿Qué cubre la indemnización por fallecimiento?
Cubre el dolor de los familiares (perjuicio personal básico), los incrementos por circunstancias particulares (hijos menores, dependencia económica, víctima única) y los perjuicios patrimoniales (gastos de funeral, traslado y lucro cesante por los ingresos que aportaba la víctima).
¿Puedo reclamar aunque tuviera parte de culpa?
Sí. Si hay concurrencia de culpas, la indemnización se reduce proporcionalmente al porcentaje de responsabilidad, pero el derecho a reclamar no desaparece salvo culpa exclusiva de la víctima.
¿El baremo se aplica también a peatones y ciclistas?
Sí. El sistema de la Ley 35/2015 cubre a cualquier persona lesionada por un vehículo a motor en circulación: ocupantes, conductores de otros vehículos, peatones, ciclistas y usuarios de VMP atropellados.
¿Qué pasa si el culpable no tiene seguro?
Responde el Consorcio de Compensación de Seguros, que indemniza aplicando el mismo baremo cuando el vehículo responsable es desconocido, carece de seguro o ha sido robado.
¿Necesito abogado para reclamar?
No es obligatorio para presentar la reclamación previa a la aseguradora, pero sí recomendable cuando hay secuelas significativas o la oferta de la compañía parece baja, porque los márgenes del baremo (horquillas de puntos, perjuicios particulares, lucro cesante) suelen interpretarse a la baja si no se discuten técnicamente.
Las cifras recogidas corresponden a la actualización oficial 2026 publicada por la DGSFP y tienen carácter orientativo: cada expediente depende de la prueba médica, los informes periciales y las circunstancias concretas. Antes de aceptar cualquier oferta de la aseguradora, conviene revisar las condiciones particulares de la póliza, contrastar la valoración con un profesional y comparar varias opiniones.




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